CONFORMACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA
DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA CPS – 23.8.8
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Mirando a la Mesa desde el auditorio, de derecha a izquierda.
Presidió el debate: Mario Huamán.
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1.- Tapullima Torres, Adilia – Frente de Defensas de Alto Amazonas, Presidenta .
2.- Del Carpio Vásquez, Celina – Organización Regional Macro Regional, Presidenta.
3.- Lozano Costa, Soledad – Arequipa Confemasur CPPE, Decana.
4.- Malpartida Jara, Elsa –CONPACCP (cocaleros). Vocera Oficial.
5.- Gámez Begazo, Michael –Federación de Estudiantes del Perú (FEP), Presidente.
6.- López Ames, Nilver –Movimiento Nueva Izquierda (MNI), Presidente.
7.- Diez Canseco Javier – Partido Socialista (PS), Responsable de la Comisión de Frente Único.
8.- Yarihuamán Quiroz, Patricia – (CPS) Juventud Comunista Peruana (JCP) – JCPS, Representante.
9.- Yépez Concus, Efraín – Coordinadora de Frentes – CONAFREP.
10.- De la Cruz Huamán, Roberto –Partido Comunista Peruano (PCP), Secretario General.
11.- Valderrama Galdez, Alfonso –UFREP, Presidente.
12.- Bazán F., Julio César –Central Única de Trabajadores CUT Perú, Presidente.
13.- Huamán, Mario –Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), General.
14.- Letts Colmenares, Ricardo –Comité Malpica (CM), Presidente.
15.- Campos Llontop, Caty – Coordinadora Político Social (CPS). Comisión Mujer. Representante. (FOCEP).
16.- López Cruz, Roberto –Confederación Campesina del Perú (CCP), Secretario General.
17.- Idrogo Benavides, Daniel –Centr. Única Nac. Rondas Camp. CUNARC, Presidente.
18.- Sifuentes Hinostroza, Carmela – CGTP, Presidenta.
19.- Huanca Atencio, Lourdes – Federación Nacional de Mujeres Campesinas Artesanas Indígenas Nativas y Asalariadas del Perú. FEMUCARINAP, Representante.
20.- Tapia Vivas, Ivone –Coordinadora Vaso Leche Lima Metropolitana, Presidenta.
21.- Béjar Héctor – Liberación Popular (LP), Presidente. (RESUMIÓ SU DOCUMENTO. NO SE PRESENTÓ A LA MESA)
22.- Antolín Huáscar – Confederación Nacional Agraria (CNA), Presidente. (NO SE PRESENTÓ A LA ASAMBLEA).
RESUMEN:
CGTP: 1
CUT: 1
CCP: 1
CNA: 1 (NO SE PRESENTÓ)
CONPACCP: 1
CUNARC: 1
MUJERES: Adelia, Celina, Soledad, Ivone, Lourdes, Carmela, Caty = 7
JUVENTUDES: FEP 1 + JCPS 1 = 2
REGIONES: UFREP 1 + CONAFREP 1 = 2
TOTAL REPRESENTANTES DE GREMIOS: 17 (CNA ausente) = 16
TOTAL REPRESENT. PARTIDOS: MNI, PCP, CM, PS, FL = 5 (FL ausente) = 4
TOTAL = 16 + 4 = 20
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domingo, 31 de agosto de 2008
REGLAMENTO DEL COMITE MALPICA - ACTUALIZADO 3.8.8.
COMITÉ MALPICA
Reglamento
10.03.06
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(1) – Definición. - El Comité Malpica, CM, es una organización política peruana que, de conformidad con los intereses del pueblo y la nación peruana, se propone la transformación revolucionaria, socialista, consecuente, de la sociedad.
(2) – Objetivos – El CM luchará hasta lograr forjar en el Perú una nación libre, independiente y soberana; una sociedad justa y feliz, que se desarrolle en paz y armonía; una república nacionalista, popular, democrática y descentralista, un “Socialismo Cholo” en la concepción de Carlos Malpica, un “Socialismo Indo-americano” en la concepción de José Carlos Mariátegui. Un socialismo consecuente en todo caso. El CM proclama su esencia y su objetivo socialista e internacionalista; y su lucha por hacer efectiva la vigencia del aporte cultural de los pueblos indígenas, quechua, aymara, nacionalidades amazónicas, y del mestizaje de éstos con los aportes europeos, africanos, asiáticos, y otros.
(3) – Concepción de Lucha: La Trenza.- El CM proclama la necesidad de desarrollar la lucha trenzando espacios, formas, y niveles de confrontación política, teniendo siempre al centro, como el alma de acero de la trenza, al movimiento de las masas populares, trabajadoras y productoras, conciente y organizado, independiente y soberano, correctamente liderado; procurando siempre mantenerlo enlazado con todo el desarrollo político y social que se pueda lograr –con los mismos objetivos- a nivel de la super-estructura del Estado en los espacios legales, formales que existan; trenzando estos dos primeros aspectos con una auténtica y muy concreta capacidad de desarrollar acciones de auto-defensa que ejerzan una capacidad de violencia justa y legítima y que aseguren mantener y consolidar lo alcanzado.
(4) Miembros.- Los miembros del CM son luchadores políticos consecuentes. Los miembros del CM se comprometen a respetar y hacer respetar su Reglamento, sus principios e ideales; luchar por hacer realidad su programa y alcanzar sus objetivos políticos; aplicar la estrategia la táctica, y las formas de lucha establecidas en sus acuerdos de dirección; desarrollar relaciones fraternales y solidarias con todos sus miembros; y llevar a cumplimiento creativo y entusiasta todas las normas y resoluciones acordadas por sus órganos dirigentes.
(5) Ingreso.- Se ingresa a ser miembro del CM postulando por invitación de uno de los miembros de su Comité Central. Al postular al CM, el postulante deberá aceptar en sus términos estrictos este Reglamento, y en sus términos concretos los documentos vigentes del CM. La solicitud de ingreso se puede aprobar de inmediato, siempre y cuando no haya ningún cuestionamiento. De otro modo, si hay algún cuestionamiento, se discute y se vota. El ingreso requiere voto de mayoría calificada, (mayoría absoluta de miembros del CC, ó 2/3 de los presentes). A continuación debe producirse el respectivo Juramento, según lo establecido.
(6) Renuncias.- Los miembros del CM son libres de renunciar y retirarse de la organización cuando juzguen oportuno. Es obligación de la organización procurar obtener la máxima información posible sobre las causas y fundamentos de su renuncia. El procedimiento establecido requiere de una expresión verbal del c. renunciante dentro del organismo al que pertenece y una resolución del organismo a este respecto. De no ser esto posible, otra forma será mediante un documento escrito; bien sea en papel físico o por correo-e.
(7) - Comité Central.- El Comité Central del Comité Malpica es el órgano supremo del CM. Sus miembros son elegidos por el período de un año. Se pueden producir modificaciones por decisión democrática de sus miembros.
(8) - Postulantes, miembros CC - Cualquier c. miembro del CM puede postular a ser miembro del CC del CM. Para ello debe ser propuesto por algún miembro del CC y respaldado por algún otro miembro del CC. La decisión se toma por mayoría calificada, (mayoría absoluta de votos de los miembros del CC, ó 2/3 de los presentes). Esta misma mayoría calificada será necesaria para re-componer el CC y determinar la salida de alguno de sus miembros.
(9) – Miembros del CM, no miembros del CC.- Los miembros del CM que no sean miembros del CC podrán asistir a las reuniones del CC sujetos a los mismos derechos y obligaciones que sus miembros excepto que no podrán ejercer derecho de voto. Siempre por invitación de uno de sus miembros, debidamente confirmada por el CC.
(10) – Comité Permanente.- El Comité Permanente (CP) estará constituido por cinco miembros. Es el órgano supremo del CC entre una y otra reunión del CC. Se reúne con el fin de –en razones de urgencia, emergencia, necesidad de velocidad, prontitud, facilidad, apuro- realizar reuniones políticas de dirección entre un pleno y otro del CC. El CP, reunido, tendrá las mismas atribuciones que el CC. Los acuerdos del CP serán adoptados – siempre - con cargo a dar cuenta al CC. El CC recibirá el Informe del CP y los acuerdos adoptados por éste, y resolverá al respecto. El CC podrá –de pleno derecho- con voto calificado, rectificar los acuerdos del CP que no encontrase correctos. El CC podrá –mediante acuerdo con voto calificado- modificar la composición del CP en cualquier momento.
(11) - Reuniones CC - El CC del CM en reuniones ordinarias se reúne todos los martes. Las reuniones se pueden iniciar -a partir de las 6:00 PM- con el quórum constituido por el número entero superior a la mitad de sus miembros. Se llevarán a cabo con carácter válido a partir de las 6:30 PM con el quórum de los que asistan.
(12) - Asistencia, puntualidad CC - El CC exige asistencia regular y puntualidad. La asistencia a las reuniones y la puntualidad son obligatorias para todos sus miembros. Se otorga un máximo de 30 minutos de tolerancia para hacerse presentes en la sala de reuniones. (La hora será establecida según marque el celular del c. director del debate, o en su defecto, algún otro celular). Al cabo de 30´ los cc. miembros del CC que llegasen tarde deberán justificar su impuntualidad. De no ser justificada, será declarada una Falta. Existirá un c. del CC responsable del registro de Asistencia, Puntualidad y Control de Faltas por tardanza o inasistencias injustificadas.
(13) – Sanciones por impuntualidad, o inasistencia - Aquel miembro del CC que llega extremadamente tarde, es decir incluso después de la tolerancia máxima, debe justificar su impuntualidad. De no tener justificación, o de no ser aprobada ésta por el CC, deberá pagar en el acto una multa (en dinero, cuyo monto podrá variar y ser reajustado por el propio CC), por impuntualidad, poniéndolo sobre la mesa a disposición del c. Responsable de Economía. De no tener una justificación en su inasistencia, pagará, en la siguiente reunión en que se haga presente, una multa (en dinero, cuyo monto podrá variar y ser reajustado por el propio CC), por día de ausencia injustificada, de la misma forma.
(14) - CC, Acuerdos, Decisiones, Resoluciones – Para adoptarse un acuerdo, decisión, o resolución, éste deberá ser previamente presentado a consideración. De ser necesario, a solicitud, deberá ser fundamentado y debatido. En el CC del CM, respecto de las decisiones (acuerdos o resoluciones):
(a) se vota: a favor, en contra, ó abstención; es una Falta estar presente y no votar;
(b) excepcionalmente, por la naturaleza del contenido de la votación ésta, por acuerdo de mayoría simple, podrá ser secreta;
(c) los acuerdos, (decisiones, resoluciones), se pueden adoptar, si su sencillez lo permite, por mayoría simple de votos.
(d) Si las abstenciones son mayores que los votos a favor no hay decisión adoptada y deberá ampliarse el debate y reformularse los términos del planteamiento sometido a consulta.
(e) Las decisiones políticamente calificadas como muy importantes por el director del debate y/o por el propio CC, por mayoría simple, requerirán de 2/3 de los votos presentes y/o la mayoría absoluta de miembros del CC para poder ser aprobadas.
(f) Las reconsideraciones requieren 2/3 de los votos de los presentes. Una vez adoptada la reconsideración, al cabo del debate respectivo, el punto se resolverá según lo establecido en anteriores acápites.
(15) - CC, Dirección del Debate - La dirección del debate se establecerá según el orden existente en el CC. El director del debate deberá:
(a) Asegurarse de que se haya registrado la asistencia y la puntualidad de todos sus miembros;
(b) Confeccionar la agenda en consulta con el CC; teniendo presente los asuntos pendientes.
(c) Señalar los tiempos para tratar cada punto de agenda y asignar los tiempos de las intervenciones.
(d) Salvo excepciones, que se podrán producir por la naturaleza del tema y la necesidad de su sustentación calificada, los tiempos de las intervenciones no deberán exceder de dos y/o tres minutos.
(e) Llevar un estricto orden de oradores.
(f) Mantener el orden en la sala, y la serenidad y paciencia, consideración y respeto, tolerancia y flexibilidad, y buen humor, entre todos los cc. miembros.
(16) – CC, Registro de Acuerdos adoptados - Existirá un c. responsable de tomar nota escrita de los acuerdos. En caso de necesidad se consultará con este registro para precisar algún tema sobre el cual pueda existir duda en cuanto a la precisión del acuerdo.
(17) – Financiamiento y Economía - Existirá un responsable de Financiamiento y Economía, encargado de llevar la contabilidad, guardar los fondos, entregarlos según lo acordado, efectuar la cobranza de la cuota establecida, informar sobre la situación de la economía regularmente y por lo menos una vez al mes; y preparar un presupuesto de ingresos y gastos, de conformidad con los planes aprobados, y ponerlo a consideración del CC.
(18) – Deberes de los miembros del CC – Además de sus deberes como miembros del CM establecidos en el artículo cuatro de este Reglamento, todos los cc. del CM son instados a:
(a) Llevar ordenadamente y con el debido cuidado y protección de seguridad, sus propias notas del contenido de las reuniones;
(b) Participar activamente y de una manera creativa en los debates;
(c) Ayudar a confeccionar la agenda y a establecer las prioridades;
(d) Aportar con información política importante para el desarrollo de las reuniones;
(e) Mantenerse al día en sus cuotas mensuales;
(f) Cumplir con los acuerdos generales y las tareas específicas que se les asignen.
(19) – Correo-e - Todo miembro del CM debe preocuparse por contar con una dirección de correo-e y mantenerla activa y disponible para recibir las comunicaciones que se envíen. El c. que no tenga su correo-e en condición apropiada podrá ser objeto de una amonestación. En caso de descuido reiterado será objeto de una multa de un sol semanal, y de continuar el descuido dos soles semanales.
(20) – Cuota mensual - Todo miembro del CM deberá aportar como mínimo una cuota mensual pagadera en la primera y/o segunda semana del mes referida al mes vencido. Las cuotas serán establecidas según los ingresos: (a) hasta un mil soles de ingresos al mes, cinco soles de cuota; (b) entre 1000 y 2000 soles, 10 soles de cuota mensual; (c) entre 2000 y 3000 soles, 20 soles de cuota mensual; (d) más de 3000 soles de ingresos al mes, 50 soles de cuota mensual. El c. que no se encuentre al día en sus cuotas podrá ser objeto de sanción con acuerdo explícito del CC. El CC se pronunciará a pedido de cualquiera de sus miembros. 1º - si se retraza un mes pierde el derecho a voto en el CC; 2º - si se retraza más de un mes, pierde el derecho a voz en el CC;
(21) Sanciones por faltas.- Las faltas a cualquier punto del Reglamento podrán ser sancionadas. Las sanciones serán adoptadas a través de un procedimiento que: (a) señale la falta concretamente; (b) dé al presunto infractor la oportunidad de defenderse; (c) sea muy expeditivo y concreto.
(22) – Sanción por incumplimiento de los deberes - Todo miembro del CM deberá cumplir con las tareas generales y específicas que se hayan acordado debidamente en las reuniones del CC. Los incumplimientos serán sancionados –según su gravedad- teniendo presente las sanciones establecidas en el punto anterior. Las faltas más graves podrán ser sancionadas con: (a) suspensión por un período determinado procurando una solución al problema que dio lugar a la falta; (b) separación ó expulsión de la organización.
(23) – Comités de Base Territorial – Por razones de enlace, coordinación, convocatoria y movilización, todos los cc. miembros del CM, sin excepción de ninguna clase –(miembros y no miembros del CC)- deberán estar organizados geográficamente en un “Comité de Base Territorial”, según la zona geográfica donde habiten. Cada Comité de Base Territorial tendrá un responsable concreto, encargado de mantener el enlace (telefónico, por correo-e, personal, verbal, escrito, o como quiera que fuese), entre sus miembros y con la dirección del CC y de convocarlos para el cumplimiento de tareas.
(24) - Comisiones Funcionales – Con el fin de asegurar las mejores condiciones para el cumplimiento de sus objetivos y aplicación práctica de la línea política adoptada, existirán “Comisiones Funcionales”, cada una de los cuales contará con un Responsable y otros integrantes, elegidos por el CC. Los Responsables de los Comités deberán informar regularmente al CC sobre sus planes y actividades.
(25) Las Comisiones Funcionales serán las siguientes: (1º) De Dirección.- que incluirá funciones de Inteligencia, Relaciones Nacionales, Relaciones Internacionales, Seguridad, y Campaña Política; (2º) Prensa.- que incluirá funciones de Publicaciones, Difusión, Propaganda, Imagen; (3º) Construcción de Partido.- que incluirá funciones de: Organización, Articulación y Enlace, Movilización; (4º) Registros Internos.- que incluirá funciones de: Registro de Acuerdos, Registro de Asistencia y Puntualidad, Cobranza y Registro de Cuotas, Registro de Faltas y Multas; (4º) Financiamiento.- que incluirá funciones de: Presupuesto y Campañas de Recaudación de Fondos; (5º) Juventud.- que incluirá funciones de: organización, orientación y educación de la Juventud Malpica.
(26) – Juventud del Comité Malpica.- Existirá un organismo específico que reunirá y organizará a la juventud vinculada políticamente al Comité Malpica. Se llamará: “Juventud Malpica”. Este organismo tendrá amplia libertad para autodeterminarse y desarrollarse. Políticamente estará sujeto al CC.
(27) – Modificación del Reglamento.- Este Reglamento podrá ser modificado por el CC mediante voto calificado. Necesariamente en una sesión convocada de antemano incluyendo este punto específico de Modificación del Reglamento en su agenda.
FIN – 10.03.06. ---
ACTUALIZACIÓN SEGÚN ACUERDOS ADOPTADOS – 03.08.08 – RLC
Reglamento
10.03.06
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(1) – Definición. - El Comité Malpica, CM, es una organización política peruana que, de conformidad con los intereses del pueblo y la nación peruana, se propone la transformación revolucionaria, socialista, consecuente, de la sociedad.
(2) – Objetivos – El CM luchará hasta lograr forjar en el Perú una nación libre, independiente y soberana; una sociedad justa y feliz, que se desarrolle en paz y armonía; una república nacionalista, popular, democrática y descentralista, un “Socialismo Cholo” en la concepción de Carlos Malpica, un “Socialismo Indo-americano” en la concepción de José Carlos Mariátegui. Un socialismo consecuente en todo caso. El CM proclama su esencia y su objetivo socialista e internacionalista; y su lucha por hacer efectiva la vigencia del aporte cultural de los pueblos indígenas, quechua, aymara, nacionalidades amazónicas, y del mestizaje de éstos con los aportes europeos, africanos, asiáticos, y otros.
(3) – Concepción de Lucha: La Trenza.- El CM proclama la necesidad de desarrollar la lucha trenzando espacios, formas, y niveles de confrontación política, teniendo siempre al centro, como el alma de acero de la trenza, al movimiento de las masas populares, trabajadoras y productoras, conciente y organizado, independiente y soberano, correctamente liderado; procurando siempre mantenerlo enlazado con todo el desarrollo político y social que se pueda lograr –con los mismos objetivos- a nivel de la super-estructura del Estado en los espacios legales, formales que existan; trenzando estos dos primeros aspectos con una auténtica y muy concreta capacidad de desarrollar acciones de auto-defensa que ejerzan una capacidad de violencia justa y legítima y que aseguren mantener y consolidar lo alcanzado.
(4) Miembros.- Los miembros del CM son luchadores políticos consecuentes. Los miembros del CM se comprometen a respetar y hacer respetar su Reglamento, sus principios e ideales; luchar por hacer realidad su programa y alcanzar sus objetivos políticos; aplicar la estrategia la táctica, y las formas de lucha establecidas en sus acuerdos de dirección; desarrollar relaciones fraternales y solidarias con todos sus miembros; y llevar a cumplimiento creativo y entusiasta todas las normas y resoluciones acordadas por sus órganos dirigentes.
(5) Ingreso.- Se ingresa a ser miembro del CM postulando por invitación de uno de los miembros de su Comité Central. Al postular al CM, el postulante deberá aceptar en sus términos estrictos este Reglamento, y en sus términos concretos los documentos vigentes del CM. La solicitud de ingreso se puede aprobar de inmediato, siempre y cuando no haya ningún cuestionamiento. De otro modo, si hay algún cuestionamiento, se discute y se vota. El ingreso requiere voto de mayoría calificada, (mayoría absoluta de miembros del CC, ó 2/3 de los presentes). A continuación debe producirse el respectivo Juramento, según lo establecido.
(6) Renuncias.- Los miembros del CM son libres de renunciar y retirarse de la organización cuando juzguen oportuno. Es obligación de la organización procurar obtener la máxima información posible sobre las causas y fundamentos de su renuncia. El procedimiento establecido requiere de una expresión verbal del c. renunciante dentro del organismo al que pertenece y una resolución del organismo a este respecto. De no ser esto posible, otra forma será mediante un documento escrito; bien sea en papel físico o por correo-e.
(7) - Comité Central.- El Comité Central del Comité Malpica es el órgano supremo del CM. Sus miembros son elegidos por el período de un año. Se pueden producir modificaciones por decisión democrática de sus miembros.
(8) - Postulantes, miembros CC - Cualquier c. miembro del CM puede postular a ser miembro del CC del CM. Para ello debe ser propuesto por algún miembro del CC y respaldado por algún otro miembro del CC. La decisión se toma por mayoría calificada, (mayoría absoluta de votos de los miembros del CC, ó 2/3 de los presentes). Esta misma mayoría calificada será necesaria para re-componer el CC y determinar la salida de alguno de sus miembros.
(9) – Miembros del CM, no miembros del CC.- Los miembros del CM que no sean miembros del CC podrán asistir a las reuniones del CC sujetos a los mismos derechos y obligaciones que sus miembros excepto que no podrán ejercer derecho de voto. Siempre por invitación de uno de sus miembros, debidamente confirmada por el CC.
(10) – Comité Permanente.- El Comité Permanente (CP) estará constituido por cinco miembros. Es el órgano supremo del CC entre una y otra reunión del CC. Se reúne con el fin de –en razones de urgencia, emergencia, necesidad de velocidad, prontitud, facilidad, apuro- realizar reuniones políticas de dirección entre un pleno y otro del CC. El CP, reunido, tendrá las mismas atribuciones que el CC. Los acuerdos del CP serán adoptados – siempre - con cargo a dar cuenta al CC. El CC recibirá el Informe del CP y los acuerdos adoptados por éste, y resolverá al respecto. El CC podrá –de pleno derecho- con voto calificado, rectificar los acuerdos del CP que no encontrase correctos. El CC podrá –mediante acuerdo con voto calificado- modificar la composición del CP en cualquier momento.
(11) - Reuniones CC - El CC del CM en reuniones ordinarias se reúne todos los martes. Las reuniones se pueden iniciar -a partir de las 6:00 PM- con el quórum constituido por el número entero superior a la mitad de sus miembros. Se llevarán a cabo con carácter válido a partir de las 6:30 PM con el quórum de los que asistan.
(12) - Asistencia, puntualidad CC - El CC exige asistencia regular y puntualidad. La asistencia a las reuniones y la puntualidad son obligatorias para todos sus miembros. Se otorga un máximo de 30 minutos de tolerancia para hacerse presentes en la sala de reuniones. (La hora será establecida según marque el celular del c. director del debate, o en su defecto, algún otro celular). Al cabo de 30´ los cc. miembros del CC que llegasen tarde deberán justificar su impuntualidad. De no ser justificada, será declarada una Falta. Existirá un c. del CC responsable del registro de Asistencia, Puntualidad y Control de Faltas por tardanza o inasistencias injustificadas.
(13) – Sanciones por impuntualidad, o inasistencia - Aquel miembro del CC que llega extremadamente tarde, es decir incluso después de la tolerancia máxima, debe justificar su impuntualidad. De no tener justificación, o de no ser aprobada ésta por el CC, deberá pagar en el acto una multa (en dinero, cuyo monto podrá variar y ser reajustado por el propio CC), por impuntualidad, poniéndolo sobre la mesa a disposición del c. Responsable de Economía. De no tener una justificación en su inasistencia, pagará, en la siguiente reunión en que se haga presente, una multa (en dinero, cuyo monto podrá variar y ser reajustado por el propio CC), por día de ausencia injustificada, de la misma forma.
(14) - CC, Acuerdos, Decisiones, Resoluciones – Para adoptarse un acuerdo, decisión, o resolución, éste deberá ser previamente presentado a consideración. De ser necesario, a solicitud, deberá ser fundamentado y debatido. En el CC del CM, respecto de las decisiones (acuerdos o resoluciones):
(a) se vota: a favor, en contra, ó abstención; es una Falta estar presente y no votar;
(b) excepcionalmente, por la naturaleza del contenido de la votación ésta, por acuerdo de mayoría simple, podrá ser secreta;
(c) los acuerdos, (decisiones, resoluciones), se pueden adoptar, si su sencillez lo permite, por mayoría simple de votos.
(d) Si las abstenciones son mayores que los votos a favor no hay decisión adoptada y deberá ampliarse el debate y reformularse los términos del planteamiento sometido a consulta.
(e) Las decisiones políticamente calificadas como muy importantes por el director del debate y/o por el propio CC, por mayoría simple, requerirán de 2/3 de los votos presentes y/o la mayoría absoluta de miembros del CC para poder ser aprobadas.
(f) Las reconsideraciones requieren 2/3 de los votos de los presentes. Una vez adoptada la reconsideración, al cabo del debate respectivo, el punto se resolverá según lo establecido en anteriores acápites.
(15) - CC, Dirección del Debate - La dirección del debate se establecerá según el orden existente en el CC. El director del debate deberá:
(a) Asegurarse de que se haya registrado la asistencia y la puntualidad de todos sus miembros;
(b) Confeccionar la agenda en consulta con el CC; teniendo presente los asuntos pendientes.
(c) Señalar los tiempos para tratar cada punto de agenda y asignar los tiempos de las intervenciones.
(d) Salvo excepciones, que se podrán producir por la naturaleza del tema y la necesidad de su sustentación calificada, los tiempos de las intervenciones no deberán exceder de dos y/o tres minutos.
(e) Llevar un estricto orden de oradores.
(f) Mantener el orden en la sala, y la serenidad y paciencia, consideración y respeto, tolerancia y flexibilidad, y buen humor, entre todos los cc. miembros.
(16) – CC, Registro de Acuerdos adoptados - Existirá un c. responsable de tomar nota escrita de los acuerdos. En caso de necesidad se consultará con este registro para precisar algún tema sobre el cual pueda existir duda en cuanto a la precisión del acuerdo.
(17) – Financiamiento y Economía - Existirá un responsable de Financiamiento y Economía, encargado de llevar la contabilidad, guardar los fondos, entregarlos según lo acordado, efectuar la cobranza de la cuota establecida, informar sobre la situación de la economía regularmente y por lo menos una vez al mes; y preparar un presupuesto de ingresos y gastos, de conformidad con los planes aprobados, y ponerlo a consideración del CC.
(18) – Deberes de los miembros del CC – Además de sus deberes como miembros del CM establecidos en el artículo cuatro de este Reglamento, todos los cc. del CM son instados a:
(a) Llevar ordenadamente y con el debido cuidado y protección de seguridad, sus propias notas del contenido de las reuniones;
(b) Participar activamente y de una manera creativa en los debates;
(c) Ayudar a confeccionar la agenda y a establecer las prioridades;
(d) Aportar con información política importante para el desarrollo de las reuniones;
(e) Mantenerse al día en sus cuotas mensuales;
(f) Cumplir con los acuerdos generales y las tareas específicas que se les asignen.
(19) – Correo-e - Todo miembro del CM debe preocuparse por contar con una dirección de correo-e y mantenerla activa y disponible para recibir las comunicaciones que se envíen. El c. que no tenga su correo-e en condición apropiada podrá ser objeto de una amonestación. En caso de descuido reiterado será objeto de una multa de un sol semanal, y de continuar el descuido dos soles semanales.
(20) – Cuota mensual - Todo miembro del CM deberá aportar como mínimo una cuota mensual pagadera en la primera y/o segunda semana del mes referida al mes vencido. Las cuotas serán establecidas según los ingresos: (a) hasta un mil soles de ingresos al mes, cinco soles de cuota; (b) entre 1000 y 2000 soles, 10 soles de cuota mensual; (c) entre 2000 y 3000 soles, 20 soles de cuota mensual; (d) más de 3000 soles de ingresos al mes, 50 soles de cuota mensual. El c. que no se encuentre al día en sus cuotas podrá ser objeto de sanción con acuerdo explícito del CC. El CC se pronunciará a pedido de cualquiera de sus miembros. 1º - si se retraza un mes pierde el derecho a voto en el CC; 2º - si se retraza más de un mes, pierde el derecho a voz en el CC;
(21) Sanciones por faltas.- Las faltas a cualquier punto del Reglamento podrán ser sancionadas. Las sanciones serán adoptadas a través de un procedimiento que: (a) señale la falta concretamente; (b) dé al presunto infractor la oportunidad de defenderse; (c) sea muy expeditivo y concreto.
(22) – Sanción por incumplimiento de los deberes - Todo miembro del CM deberá cumplir con las tareas generales y específicas que se hayan acordado debidamente en las reuniones del CC. Los incumplimientos serán sancionados –según su gravedad- teniendo presente las sanciones establecidas en el punto anterior. Las faltas más graves podrán ser sancionadas con: (a) suspensión por un período determinado procurando una solución al problema que dio lugar a la falta; (b) separación ó expulsión de la organización.
(23) – Comités de Base Territorial – Por razones de enlace, coordinación, convocatoria y movilización, todos los cc. miembros del CM, sin excepción de ninguna clase –(miembros y no miembros del CC)- deberán estar organizados geográficamente en un “Comité de Base Territorial”, según la zona geográfica donde habiten. Cada Comité de Base Territorial tendrá un responsable concreto, encargado de mantener el enlace (telefónico, por correo-e, personal, verbal, escrito, o como quiera que fuese), entre sus miembros y con la dirección del CC y de convocarlos para el cumplimiento de tareas.
(24) - Comisiones Funcionales – Con el fin de asegurar las mejores condiciones para el cumplimiento de sus objetivos y aplicación práctica de la línea política adoptada, existirán “Comisiones Funcionales”, cada una de los cuales contará con un Responsable y otros integrantes, elegidos por el CC. Los Responsables de los Comités deberán informar regularmente al CC sobre sus planes y actividades.
(25) Las Comisiones Funcionales serán las siguientes: (1º) De Dirección.- que incluirá funciones de Inteligencia, Relaciones Nacionales, Relaciones Internacionales, Seguridad, y Campaña Política; (2º) Prensa.- que incluirá funciones de Publicaciones, Difusión, Propaganda, Imagen; (3º) Construcción de Partido.- que incluirá funciones de: Organización, Articulación y Enlace, Movilización; (4º) Registros Internos.- que incluirá funciones de: Registro de Acuerdos, Registro de Asistencia y Puntualidad, Cobranza y Registro de Cuotas, Registro de Faltas y Multas; (4º) Financiamiento.- que incluirá funciones de: Presupuesto y Campañas de Recaudación de Fondos; (5º) Juventud.- que incluirá funciones de: organización, orientación y educación de la Juventud Malpica.
(26) – Juventud del Comité Malpica.- Existirá un organismo específico que reunirá y organizará a la juventud vinculada políticamente al Comité Malpica. Se llamará: “Juventud Malpica”. Este organismo tendrá amplia libertad para autodeterminarse y desarrollarse. Políticamente estará sujeto al CC.
(27) – Modificación del Reglamento.- Este Reglamento podrá ser modificado por el CC mediante voto calificado. Necesariamente en una sesión convocada de antemano incluyendo este punto específico de Modificación del Reglamento en su agenda.
FIN – 10.03.06. ---
ACTUALIZACIÓN SEGÚN ACUERDOS ADOPTADOS – 03.08.08 – RLC
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